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Regulando lo novedoso. Los procesos políticos de los partidos

El proceso electoral 2023-2024 no ha iniciado aún, pero los partidos políticos ya arrancaron sus propios ejercicios para definir las candidaturas presidenciales, aunque les llamen de otra forma. Se trata de ejercicios inéditos en una elección federal, en las cuales las fuerzas políticas se adelantan para llevar a cabo procesos en los cuales diferentes perfiles buscan las simpatías ciudadanas a efecto de posicionarse para obtener el triunfo y perfilarse para ser el candidato o candidata de una fuerza política o alianza electoral.

Morena lleva a cabo un proceso para definir a quien será el o la coordinadora de la defensa de la cuarta transformación en un proceso cerrado a la ciudadanía. Los 6 perfiles que buscan este cargo deberán recorrer el país realizando asambleas informativas previo a que a finales de agosto se realicen cinco encuestas para definir quién será la o el vencedor.

En el caso de los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática, estos conformaron un Frente, figura prevista en la ley, y con ello iniciaron un proceso para definir quién encabezará el Frente. El proceso cuenta con un Comité Organizador, un registro de aspirantes abierto a la ciudadanía y tres etapas; en la primera de ellas las y los aspirantes deben obtener 150 mil respaldos ciudadanos, quienes los consigan pasan a la segunda etapa; en ésta se realizarán un foro nacional y una encuesta: las y los tres mejores posicionados avanzarán a la tercera etapa; en ésta última habrá diferentes foros regionales, otra encuesta y una jornada de consulta a la ciudadanía para definir quién será la o el vencedor de este proceso.

Un proceso único

Cabe destacar que el proceso electoral inicia, de acuerdo al calendario del INE, entre el 4 y el 8 de septiembre. La ley establece que antes de eso tanto los partidos como las y los posibles aspirantes deben evitar pronunciarse sobre el proceso y llamar al voto o buscar el apoyo ciudadano. Los partidos, sin embargo, le dieron la vuelta a esta prohibición e iniciaron unos procesos políticos.

El desarrollo de estos ejercicios ha detonado un importante número de controversias jurídicas, las cuales han obligado a pronunciamientos de la autoridad electoral sobre la validez o no de los ejercicios. Después de varias impugnaciones, el Tribunal Electoral ha definido que los ejercicios son válidos porque se tratan de procesos políticos llevados a cabo por los partidos y que se basan en el principio de autoorganización y autodeterminación. Sin embargo, dado que gran parte de estos ejercicios se vinculan con fines electorales se deben establecer reglas que permitan garantizar no solo la legalidad de los procesos sino salvaguardar la equidad en la contienda.

Aquí es donde entra la sentencia SUP-JDC-255/2023 y SUP-JE-1423/2023 de la Sala Superior que ordenó al INE emitir unos lineamientos para regular estos procesos, de manera que la autoridad electoral administrativa acordó en la sesión extraordinaria del 26 de julio las reglas de los procesos.

Los lineamientos

Los lineamientos emitidos por el INE contemplan 4 ejes importantes:

I. Actos, propaganda y encuestas

II. Intervención de personas servidoras públicas y uso de recursos públicos.

III. Fiscalización y el acceso a prerrogativas de acceso a radio y televisión.

IV. Quejas y denuncias

Los puntos clave que son regulados en los lineamientos son:

I. De los actos, propaganda y encuestas: Se regulan todas las actividades de promoción y difusión que hagan las y los aspirantes a lo largo de estos procesos, buscando que no se incite al proselitismo adelantado.

i. Lo que no pueden decir: no pueden presentar propuestas como plataforma electoral, ni utilizar expresiones, discursos o mensajes de naturaleza electoral, así como tener expresiones que constituyan violencia política de género.

ii. Lo que no pueden hacer: entregar materiales con la promesa o entrega de algún beneficio directo, indirecto, mediato o inmediato, en especie o efectivo.

iii. Lo que deben hacer: pedir permiso a propietarios de inmuebles privados para colocar propaganda, retirar toda propaganda en un plazo no mayor a 7 días naturales después de la publicación de los resultados del partido, incorporar a su propaganda una leyenda visible que identifique el proceso político correspondiente en que participen. En caso de hacer una encuesta, deben presentar al INE un informe con la metodología, costos, personas responsables y resultados de las encuestas o sondeos; el costo de las encuestas que hagan se computará al gasto ordinario del partido.

 

II. Intervención de personas servidoras públicas y uso de recursos públicos: Los lineamientos buscan salvaguardar el principio de neutralidad que deben observar los servidores públicos y que se encuentra previsto a nivel constitucional. Para ello se regula la participación escrita u oral de personas servidoras públicas con poder político, y que puedan romper la equidad en la contienda.

i. Lo que pueden hacer: asistir a los eventos en días inhábiles; asistir a los eventos en días y horas hábiles si su participación no los distrae de sus actividades legislativas. Las personas servidoras públicas pueden inscribirse a procesos políticos pero cuidar que su participación no vulnere la equidad en la contienda.

ii. Lo que no pueden hacer: realizar algún tipo de manifestaciones a favor o en contra de aspirantes o partidos, publicar propaganda gubernamental que incluya nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada ni participar de forma preponderante en eventos.

 

III. Fiscalización y acceso a prerrogativas de acceso a radio y televisión: Con esto se busca garantizar el principio de equidad, por ello se restringió el uso de los recursos partidistas en estos procesos, así como el uso de recursos de procedencia ilícita o adquiridos fuera del marco normativo, y se estableció un esquema de fiscalización similar al de una campaña electoral.

i. Lo que pueden hacer: los partidos podrán emplear su financiamiento público ordinario para la organización de sus procesos, recibir aportaciones en efectivo y en especie de las personas aspirantes, de militantes y de simpatizantes.

ii. Lo que no pueden hacer: usar para la organización los recursos destinados a actividades específicas y para el liderazgo de la mujer. Hacer uso de recursos públicos. Usar las prerrogativas para acceder a tiempos oficiales de radio y televisión para la difusión de los procesos. Difundir los procesos o el nombre, imagen, voz o cualquier elemento que identifique a aspirantes. Contratar o adquirir tiempos en cualquier modalidad de radio y televisión para difundir mensajes del proceso.

iii. Lo que deben hacer: fijar el límite de financiamiento privado que reciban al tope de financiamiento privado de 2023. Presentar un informe de los ingresos y gastos del desarrollo y organización del proceso. Las y los aspirantes, estén o no vinculados a partidos, deberán presentar un informe de ingresos y gastos al INE.


IV. Quejas, denuncias e irregularidades: Se establecieron reglas a efecto de poder atender las controversias y los conflictos, así como para monitorear y garantizar el cumplimiento de los lineamientos.

i. Si durante los monitoreos y visitas de verificación se detectan hallazgos que podrían implicar un beneficio en los periodos ordinario, de precampaña, de apoyo de la ciudadanía o de campaña, dichos hallazgos serán objeto de observación dentro del periodo correspondiente de fiscalización.

ii. En caso de que algún/a aspirante omita la presentación de su informe al partido o comité que organice el proceso, la consecuencia sería la aplicación de alguna de las sanciones previstas en el artículo 456 de la LGIPE.

iii. Las denuncias y quejas que se presenten con motivo de cualquier infracción a la normativa electoral se tramitarán por la vía del PES.

iv. Las quejas relacionadas con el origen, monto, destino y aplicación de los recursos derivados del financiamiento de los Sujetos Obligados en los Procesos Políticos se tramitarán por vía del PASF y serán resueltas a más tardar el mismo día en que se resuelvan los informes de precampaña.


Los lineamientos buscar enmarcar las actividades de los procesos dentro del marco normativo, respetando los avances que en materia de equidad y sana competencia México ha logrado. Será importante monitorear a partir de ellos las actividades de los partidos y su compromiso con la legalidad, la transparencia y el respeto a la ley.